El reciente anuncio de que estados unidos suspende visas para ciudadanos de Venezuela ha generado gran preocupación, y entendemos por qué.
La medida entró en vigor el 9 de junio de 2025, tras una proclamación presidencial firmada el 4 de junio por Donald Trump. Esta decisión busca proteger la seguridad nacional y pública, según fuentes oficiales, y su impacto alcanza a cientos de miles de personas afectadas.
En el artículo de hoy vamos a contarte con claridad qué significa, a quién afecta, qué excepciones existen y qué podemos hacer para adaptarnos.
Contexto y razones de la suspensión
Cuando escuchamos que Estados Unidos suspende visas, lo primero que queremos entender es el porqué.
Según la proclamación presidencial emitida el 4 de junio de 2025 y vigente desde el día 9, la medida forma parte de una estrategia para proteger al país de terroristas extranjeros y otras amenazas a la seguridad nacional y la seguridad pública.
Básicamente, Estados Unidos busca con estas medidas garantizar la paz en su territorio y que las personas que cuentan con una visa de ingreso a Estados Unidos, «no pongan en peligro la seguridad nacional ni la seguridad pública».
En el caso de Venezuela, señalan problemas para verificar la autenticidad de pasaportes y registros civiles, así como dificultades en la cooperación migratoria entre ambos países.
También influyen, según la administración estadounidense, ciertos patrones detectados en el uso de visas temporales, desde viajes con fines distintos a los declarados, hasta estadías que se prolongan más de lo permitido.
Estos factores, sumados a un contexto diplomático ya tenso, han llevado a que se decida aplicar una suspensión temporal en varias categorías de visas.
Esta decisión bloquea la emisión de los tipos visas B-1 (negocios), B-2 (turismo, visitas o tratamiento médico), B-1/B-2 (combinadas), F (estudiantes académicos), M (estudiantes vocacionales) y J (programas de intercambio), siempre que no hayan sido emitidas antes del 9 de junio de 2025.
Aunque desde nuestra perspectiva esta decisión parece demasiado amplia y afecta a muchas personas sin relación con esos problemas, lo cierto es que marca un antes y un después en la forma en que planeamos nuestros viajes, estudios y visitas a familiares.
Excepciones y restricciones contempladas

Aunque la suspensión nos golpea de lleno, no todos los casos están bloqueados.
Hay excepciones para residentes permanentes legales (Green Card), familiares directos con visa de inmigrante, diplomáticos, funcionarios gubernamentales, niños en proceso de adopción, personas con doble nacionalidad usando un pasaporte no restringido, participantes en eventos deportivos internacionales y casos autorizados.
Ahora bien, lo que está pasando con Venezuela forma parte de un marco más amplio que afecta a otros países. No somos los únicos que enfrentamos restricciones, de hecho, el gobierno de EE. UU. mantiene una lista de países con restricción completa de entrada. Si eres ciudadano de Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán o Yemen, no puedes solicitar ninguna visa para entrar, salvo en casos muy específicos.
Países con restricción parcial
También existen países con restricción parcial en la emisión de visas, entre los que estamos nosotros.
Aquí la regla es que el Secretario de Estado, en coordinación con el Secretario de Seguridad Nacional, puede autorizar casos por “interés nacional” uno por uno.
En esta lista parcial se incluyen: Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela, con la suspensión para visas que hablaremos mas adelante.
Las excepciones para este grupo son más limitadas, pero siguen existiendo:
- Ciertas visas de inmigrante para familiares inmediatos.
- Adopciones por ciudadanos estadounidenses.
- Visas de inmigrante para minorías étnicas y religiosas perseguidas en Irán.
- Personas con doble nacionalidad con pasaporte no restringido.
- Visas especiales de inmigrante para empleados del gobierno de EE. UU.
- Participantes en eventos deportivos importantes.
- Residentes permanentes legales.
Si ya teníamos una visa válida emitida antes del 9 de junio de 2025, podemos seguir usándola para entrar a Estados Unidos. El propio gobierno aclaró que “ninguna visa emitida antes del 9 de junio de 2025 ha sido ni será revocada en virtud de la Proclamación”.
Impacto según nuestro caso

Si somos estudiantes (F y M)
Para quienes habíamos planificado iniciar estudios en universidades, colegios o instituciones técnicas de Estados Unidos con visas F o M, la noticia ha caído como un balde de agua fría.
No solo se detiene la posibilidad de presentar nuevas solicitudes, sino que también se genera una gran incertidumbre para quienes ya habían sido aceptados por una institución, pero aún no habían obtenido la visa.
Si la visa fue emitida antes del 9 de junio, seguimos pudiendo viajar, pero no podemos dar por hecho que el ingreso será automático, el oficial de Aduanas y Protección Fronteriza puede realizar preguntas adicionales y pedir documentación que respalde nuestro propósito de viaje.
Esto implica que, incluso para los que ya tienen la visa en mano, será fundamental preparar con detalle toda la información académica, financiera y de arraigo.
Quienes todavía no han empezado el trámite deberán evaluar alternativas, como posponer el inicio del curso, cambiar la fecha de admisión o considerar programas educativos en otros países mientras dure la suspensión.
Si viajamos como turistas o visitantes (B-1/B-2)
Aquí el impacto se siente de forma inmediata.
Al suspenderse la emisión de visas B-1 y B-2, desaparece la posibilidad de iniciar trámites para viajes de turismo, visitas familiares, reuniones de negocios o tratamientos médicos, salvo en las excepciones muy específicas.
Esto significa que viajes planeados para celebraciones familiares, conferencias internacionales o incluso consultas médicas especializadas en EE. UU. deben replantearse.
Los que ya contamos con una visa emitida antes del 9 de junio podemos seguir usándola, pero debemos estar preparados para explicar la razón de nuestro viaje y presentar pruebas que respalden que vamos a regresar a Venezuela.
La experiencia de ingreso podría incluir entrevistas o revisiones en el puerto de entrada, por lo que conviene llegar con todos los documentos bien organizados.
Si participamos en intercambios (J)
Los programas de intercambio cultural, académico o profesional con visa J, como becas, pasantías, programas de enseñanza o prácticas laborales, también han quedado en pausa para nuevos solicitantes.
Esto afecta a estudiantes que esperaban cursar un semestre en universidades estadounidenses, a profesionales que iban a trabajar en programas de investigación, y a jóvenes que participan en experiencias de au pair o campamentos de verano.
Las únicas salidas posibles son contar con una excepción reconocida o demostrar que el programa tiene un valor estratégico para el interés nacional de EE. UU., algo que se evalúa caso por caso y que suele requerir el apoyo directo de la institución anfitriona.
Incluso en esos escenarios, la obtención de la visa no está garantizada, y el proceso puede ser más largo y complejo.
Para quienes ya tenían la visa J emitida antes de la fecha de suspensión, las posibilidades son mayores, pero la recomendación es llevar cartas de la institución patrocinadora, detalles del programa y cualquier evidencia que demuestre la naturaleza temporal de la estancia.
Situación de quienes ya estamos en EE. UU.

Algo importante es que, aunque Estados Unidos suspende visas, quienes ya estamos dentro del país con un estatus válido podemos, en algunos casos, solicitar un cambio de estatus o prórroga sin tener que salir.
Esto no significa que sea fácil o garantizado, pero es una opción que debemos considerar.
Qué podemos hacer si estamos afectados
- Revisar nuestra visa actual: si fue emitida antes del 9 de junio de 2025, sigue siendo válida, pero no asegura entrada automática.
- Confirmar nuestra cita: si la teníamos pendiente, es probable que sea cancelada o rechazada. Vale la pena comunicarnos con el consulado para confirmar.
- Analizar excepciones: si tenemos doble nacionalidad, residencia permanente o estamos en un proceso especial como adopción o evento internacional, podría aplicarnos una excepción.
- Documentar bien nuestro caso: si tenemos la oportunidad de viajar, debemos llevar pruebas claras de nuestro propósito y de que regresaremos a Venezuela.
- Mantenernos informados: esta medida será revisada a los 90 días de su entrada en vigor, así que en septiembre de 2025 podría haber cambios.
¿Hay lugar para la esperanza?

Aunque hoy nos enfrentamos a un escenario complejo y a muchas puertas que parecen cerrarse, no todo está perdido.
Hemos visto cómo decisiones similares se han modificado o levantado tras las revisiones periódicas, y esta no será la excepción, la propia proclamación establece que la suspensión será evaluada nuevamente a los 90 días y después cada 180 días.
Además, siempre existen caminos para quienes se preparan bien.
Hemos visto casos que, gracias a una doble nacionalidad, una oferta educativa o un programa con respaldo, han logrado viajar incluso en medio de restricciones.
También hay comunidades y organizaciones de apoyo, tanto en Venezuela como en EE. UU., que ofrecen asesoría y acompañamiento para identificar alternativas y no perder oportunidades.
Como comunidad, tenemos experiencia en adaptarnos, buscar soluciones creativas y apoyarnos mutuamente.
Esta medida nos obliga a replantear planes y ser más estratégicos, pero no significa que el sueño de viajar, estudiar o reencontrarnos se haya terminado.
La historia nos demuestra que las restricciones no duran para siempre, y mientras tanto, podemos prepararnos para que, cuando se abran las puertas, estemos listos para cruzarlas.
En Curiara, sabemos que estas noticias no son solo titulares, son decisiones que afectan nuestros planes, nuestras familias y nuestros sueños.
Por eso, seguiremos atentos a cada actualización, compartiendo información verificada y consejos prácticos para que, como comunidad, podamos tomar decisiones informadas y prepararnos para nuevas oportunidades.